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Subprocuraduría de Asesoría y Defensa del Contribuyente

Viernes 17 Noviembre 2017 (10:10)
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(Asesoría y Representación legal gratuita)

PRODECON, a través de una solicitud de prescripción de créditos fiscales, logra que una contribuyente obtenga una resolución en el que se le da a conocer que dichos créditos se encuentran cancelados de manera definitiva.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, a través de su servicio gratuito de Asesoría, apoyó a una pagadora de impuestos en la elaboración de un escrito para solicitar la declaratoria de prescripción de diversos créditos fiscales derivados de un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA), en cantidad total de $1’678,513.00, por concepto de Impuesto General de Importación, Cuotas Compensatorias, Impuesto al Valor Agregado, multas y recargos, determinados por la Aduana de México en el 2006.

Con las gestiones llevadas a cabo por el Ombudsman Fiscal, mediante resolución emitida por la autoridad fiscal se conoció que los créditos ya habían sido cancelados en forma definitiva en los sistemas institucionales de dicha autoridad, generando así certeza jurídica para la contribuyente.

PRODECON logra que el SAT declare la prescripción de créditos fiscales a cargo de una contribuyente.

Con la intervención de este Ombudsman Fiscal –a través de su servicio gratuito de Asesoría-, la Autoridad Fiscal (SAT) reconoce y declara la prescripción de créditos fiscales a cargo de una contribuyente en cantidad histórica de $174,203.80, los cuales se originaron de una revisión de gabinete practicada en 1999, por concepto de ISR e IVA del período 1 de enero al 31 de diciembre de 1997.

Con la asesoría y servicio que ofrece PRODECON a los pagadores de impuestos, en el caso concreto se solicitó la declaratoria de prescripción con fundamento en el artículo 146 del Código Fiscal de la Federación (CFF), en relación con el segundo párrafo, de la fracción X, del artículo segundo transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del CFF, publicado en el DOF el 09 de diciembre de 2013, argumentando que la contribuyente siempre se mantuvo como LOCALIZADA en su domicilio fiscal y por tanto, no existió impedimento alguno para que la autoridad recaudadora realizara gestión de cobro a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución dentro del plazo correspondiente.

Por lo anterior, con las gestiones llevadas a cabo y al haberse acreditado de manera fehaciente que ya había trascurrido en exceso el plazo para que operara la prescripción, la autoridad fiscal emitió una resolución favorable, declarando prescritos los créditos fiscales.

PRODECON consigue que la Autoridad Fiscal (SAT), le permita a una persona moral a obtener un nuevo certificado de sello digital (CSD).

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, a través de su servicio gratuito de Asesoría, apoyó a una contribuyente para poder generar un nuevo Certificado de Sello Digital (CSD), ya que la autoridad fiscal resolvió dejarlo sin efectos al considerar que dicha pagadora de impuestos no había realizado algún tipo de actividad económica en el ejercicio 2016 por la cual se encontrara obligada a emitir un CFDI, y por que no solicitó la cancelación de éste para evitar la utilización no autorizada por parte de un tercero ajeno, poniendo en riesgo la confidencialidad de los datos de creación de la e.firma.

A través de un caso de aclaración, se acreditó ante la autoridad fiscal que si bien la contribuyente no tuvo operaciones en el ejercicio señalado, también lo es que con la firme idea de continuar sus actividades se encontraba al corriente de sus obligaciones fiscales y nunca realizó alguna actuación tendiente a simular operaciones o a poner en riesgo la confidencialidad de los datos de creación de la e.firma, por lo que en opinión de este Ombudsman Fiscal el motivo que originó la cancelación del CSD resultaba infundado, violentando el libre ejercicio de las actividades económicas de la contribuyente.

Con la intervención de esta Procuraduría se resolvió la problemática de la empresa de manera oportuna, permitiéndole la generación de un nuevo CSD.

PRODECON asesoró a contribuyente para obtener la devolución de un saldo a favor, en donde se reconoció el carácter exento de diversas prestaciones laborales obtenidas en el laudo laboral.

Como resultado de la estrategia implementada por esta Procuraduría sobre el tratamiento fiscal de salarios caídos, a través del servicio de Asesoría se apoyó al pagador de impuestos a detallar la integración de las diversas prestaciones laborales que se contemplaron en su laudo laboral, con el fin de precisar los montos de los ingresos gravados y exentos del impuesto sobre la renta, que le fueron pagados por los 5 años que duró el juicio y que su retenedor no le reconoció. Al presentar su declaración anual del

ejercicio 2015 y solicitar la devolución del saldo a favor, la resolución emitida por la autoridad fiscal le autorizó íntegramente la devolución por la cantidad de más de $600,000.00.

PRODECON apoya a una contribuyente a obtener la devolución de los saldos a favor del impuesto sobre la renta de los ejercicios fiscales 2012 al 2015.

Como un esquema de regularización de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, Prodecon asesoró a un solicitante que percibió únicamente ingresos por salarios y al enterarse que podía disminuir el impuesto sobre la renta por el crédito hipotecario de su casa habitación optó por presentar las declaraciones del 2012 a 2015, no obstante de no contar con las constancias de ingresos y retenciones de dichos años, con el apoyo de Prodecon se logró obtener las constancias antes citadas, presentar de las declaraciones anuales y las solicitudes de devolución, como resultado obtuvo el depósito de los saldos a favor del impuesto sobre la renta de los 4 ejercicios fiscales mencionados.

PRODECON logra que el SAT le condone diversas multas a una persona moral originadas por el cumplimiento extemporáneo en la presentación de declaraciones de información mensual de operaciones con terceros.

A través de su servicio gratuito de Asesoría, este Ombudsman Fiscal apoyó a una persona moral en la elaboración de un escrito para solicitar al SAT la condonación de multas que tuvieron su origen en el cumplimiento extemporáneo en la presentación de declaraciones de información mensual de operaciones con terceros de períodos del 2015; lo anterior, con fundamento en el artículo 74 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y bajo el procedimiento de la regla 2.17.13., de la Resolución Miscelánea Fiscal 2017, logando que la autoridad resolviera favorablemente y condonara a la contribuyente el 95% de las multas impuestas a su cargo.

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